miércoles, 29 de agosto de 2007

DERECHO E INFORMÁTICA



En estos años me he sentido a gusto trabajando en diferentes áreas del derecho como el penal, derecho de sucesiones, familia, civil y especialmente por el área comercial y administrativo. Nunca me había preguntado por el tipo de relación que podría existir entre alguna de éstas áreas junto a la informática aunque inconscientemente lo habíamos trabajado. Existe mucha relación entre el derecho comercial, administrativo y la informática. Por ejemplo, en el caso de que la administración realice una licitación pública todos los oferentes tienen que registrarse a través de las páginas web del respectivo municipio o departamento que abra dicha licitación. Si durante todo este proceso se presenta alguna irregularidad, por ejemplo el adjudicado no reúna todos los requisitos de la licitación, no se trate del mejor postor, no obtenga el mayor puntaje o simplemente se caiga dentro del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, como abogada para poder atacar el acto administrativo mediante el cual se da la adjudicación del contrato a través de una acción de nulidad, necesariamente tengo que recurrir al sitio en donde se encuentra todas las características de la licitación, que no es mas que dicha página web personalizada de la Alcaldía o Gobernación que convoca a la licitación pública. Igualmente, sin tratarse de un licitación pública la red es importante porque nos ayuda a conocer sobre las resoluciones o acuerdos que expida la administración.

En el derecho comercial se refleja de mayor forma la importancia que tiene la informática en el derecho, es así como la ley de comercio electrónico (ley 527 de 1999), establece que los contratos celebrados a través de mensajes de datos tienen la misma validez que los contratos celebrados en forma ordinaria, es decir por medio escritos y verbales y el artículo 10 por su parte establece que los mensajes de datos serán admisibles como medios de prueba y que en toda actuación administrativa o judicial, no se negará eficacia, validez o fuerza obligatoria y probatoria a todo tipo de información en forma de mensaje de datos (medios electrónicos, INTERNET, CORREO ELECTRÓNICO, telegrama, telefax), por el solo hecho de que se trate de un mensaje de datos o en razón de no haber sido presentado en forma original.

Otro de los ejemplos que encontramos en torno a la relación entre derecho e informática es que la misma ley 527 de 1999 permite que la oferta y aceptación de un contrato se de por medio de un mensaje de datos y consagra así mismo el artículo 14 de la mencionada ley que no se negará validez o fuerza obligatoria por la sola razón de haberse utilizado en su formación uno o mas mensaje de datos.

Finalmente uno de los últimos avances es que la ley 527 de 1999 le otorga validez jurídica a la existencia de títulos valores creados en medio electrónicos, permisión que también viene expresada en el artículo 621 del Código de Comercio al consagrar que la firma de quien crea un título valor podrá sustituirse, bajo la responsabilidad del creador del título, por un signo o contraseña que puede ser mecánicamente impuesto. La ley 527 de 1999 estipula que el uso de la firma digital tendrá la misma fuerza y efectos que el uso de una firma manuscrita, si aquella incorpora los siguientes atributos:
- Es única a la persona que la usa
- Es susceptible de ser verificada
- Está bajo control exclusivo de la persona que la usa
- Está ligada a la información o mensaje, de tal manera que si éstos son cambiados, la firma digital es invalidada.

1. En que consiste el tema de la seguridad informática?
La seguridad informática es un herramienta que se encarga de desarrollar normas y procedimientos para mantener en forma confiable y segura la información que ingresamos en la computadora y además que ayuda a fortalecer la integridad, confidencialidad y disponibilidad en el procesamiento de datos.
2. cuales son las amenazas frente al tema al tema de la seguridad informática?
Existen unos riesgos de factores que se clasifican en predecibles e impredecibles. Dentro de los predecibles, encontramos los tecnológicos y los producidos por la mano del hombre y los impredecibles en donde encontramos los factores ambientales como lluvias, inundaciones y terremotos.
3. Que es un virus informático y cuales son sus características?
Es un programa (código) que se replica, añadiendo una copia de sí mismo a otro(s) programa(s).

Los virus informáticos son particularmente dañinos porque pasan desapercibidos hasta que los usuarios sufren las consecuencias, que pueden ir desde anuncios inocuos hasta la pérdida total del sistema.
Sus características son:
- Auto-reproducción: Es la capacidad que tiene el programa de replicarse (hacer copias de sí mismo), sin intervención o consentimiento del usuario.
-
Infección: Es la capacidad que tiene el código de alojarse en otros programas, diferentes al portador original.
4. Cual es la diferencia entre un hackers y crackers?
Ambas son personas que tienen conocimientos especiales en el área informática, sin embargo la diferencia está en que el hacker solo buscar demostrarle al usuario que es capaz de invadir su privacidad y que el sistema que usa presenta fallas, mientras que los crackers buscan dañar total o parcialmente el sistema y sacar algún provecho o utilidad.
5. Existe alguna ley que se encargue de regular el tema de la seguridad informática?.
A diferencia de España en Colombia no hay mucho avance legislativo en el tema de la seguridad informática.